LA PRESUNCIÓN DE FE PÚBLICA EN EL PROCESO PENAL: LÍMITES CONSTITUCIONALES Y LA EXIGENCIA DE CORROBORACIÓN PROBATORIA

Autores/as

  • Yuri Anderson Pereira Jurubeba Universidade Estadual do Tocantins
  • Ayana Bindala Ribeiro Vasconcelos Maciel Alencar Universidade Estadual do Tocantins

DOI:

https://doi.org/10.51891/rease.v12i10.31633

Palabras clave:

Fe pública, Testimonio policial, Proceso penal, Tráfico de drogas, Selectividad racial, Garantismo penal, Corroboración probatoria

Resumen

El presente artículo investiga los límites de la presunción de fe pública atribuida, en el proceso penal brasileño, al testimonio de agentes de seguridad pública, con énfasis en los procesos de tráfico de drogas regidos por la Ley n. 11.343/2006. Se parte de la hipótesis de que la importación acrítica de la presunción administrativista de legitimidad y veracidad al ámbito criminal produce una jerarquización indebida de la prueba testimonial policial, reduce el estándar probatorio exigible para la condena y desplaza, en perjuicio de la defensa, la carga de refutar la versión acusatoria. Metodológicamente, la investigación es bibliográfica, documental y cualitativa, articulando teoría constitucional del proceso penal, criminología crítica, epistemología judicial y jurisprudencia reciente de los tribunales superiores. El primer capítulo examina el instituto de la fe pública y su incompatibilidad con el sistema acusatorio constitucional. El segundo analiza la jurisprudencia en transición y los datos empíricos sobre la centralidad de la palabra policial en los procesos de drogas, especialmente el estudio de Jesus y Amaral (2025), en diálogo con Wacquant (2001, 2003), Flauzina (2006), Alexander (2017) y datos oficiales del SISDEPEN. El tercer capítulo desarrolla la exigencia de corroboración probatoria a partir de Kant de Lima (2004), Mendes (2012), Ferrajoli (2002), Lopes Jr. (2017) y Martins (2013), incorporando las repercusiones de la ADPF 347, la ADPF 635 y el RHC 158.580/BA. Se concluye que la legitimidad democrática de la condena penal exige estándares probatorios objetivos, prohibición de condenas basadas exclusivamente en testimonios policiales no corroborados, registro audiovisual obligatorio de las diligencias y valoración racional de la prueba.

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Biografía del autor/a

  • Yuri Anderson Pereira Jurubeba, Universidade Estadual do Tocantins

    Doutor em Direito pela Pontifícia Universidade Católica do Rio de Janeiro (PUC-Rio). Mestre em Prestação Jurisdicional e Direitos Humanos pela Universidade Federal do Tocantins (UFT). Especialista em Criminologia e Estado de Direito e Combate à Corrupção pela Escola Superior da Magistratura Tocantinense (ESMAT). Especialista em Gestão do Judiciário pela Faculdade Educacional da Lapa (FAEL). Especialista em Ciências Penais pela Universidade do Sul de Santa Catarina (UNISUL). Graduado em Direito pela Universidade Cândido Mendes (UCAM). Professor da Universidade Estadual do Tocantins (UNITINS). Professor da Escola Superior da Magistratura Tocantinense (ESMAT). Assessor Jurídico de Desembargador do Tribunal de Justiça do Estado do Tocantins (TJTO).

  • Ayana Bindala Ribeiro Vasconcelos Maciel Alencar, Universidade Estadual do Tocantins

    Graduanda em Direito pela Universidade Estadual do Tocantins (UNITINS).

Publicado

2026-10-26

Cómo citar

Jurubeba, Y. A. P., & Alencar, A. B. R. V. M. (2026). LA PRESUNCIÓN DE FE PÚBLICA EN EL PROCESO PENAL: LÍMITES CONSTITUCIONALES Y LA EXIGENCIA DE CORROBORACIÓN PROBATORIA. Revista Ibero-Americana de Humanidades, Ciências e Educação, 12(10), 1-28. https://doi.org/10.51891/rease.v12i10.31633

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