JUZGADO ESPECIAL CRIMINAL, JUEZ LEGO Y LÍMITES DE ACTUACIÓN
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v12i4.25582Palabras clave:
Juzgado Especial Criminal. Juez lego. Proceso penal.Resumen
El presente artículo analiza la actuación del juez lego en los Juzgados Especiales Criminales, con énfasis en los límites constitucionales, legales y procedimentales de su intervención en la jurisdicción penal. Se parte de la premisa de que el microsistema de los Juzgados Especiales busca garantizar celeridad, oralidad, informalidad, economía procesal y acceso a la justicia, sin apartarse de las garantías fundamentales propias del proceso penal. En este contexto, se discute la posibilidad de extender las atribuciones del juez lego al ámbito penal, especialmente ante la ausencia de previsión expresa en la Ley n.º 9.099/1995. La investigación adopta una metodología cualitativa, con revisión bibliográfica y análisis normativo y jurisprudencial. Se constata que, aunque la actuación del juez lego está más consolidada en los Juzgados Especiales Civiles, su participación en materia penal encuentra restricciones relevantes derivadas del principio de legalidad estricta, de la reserva de jurisdicción, del debido proceso legal y de la preservación de las competencias del juez togado. Se concluye que su eventual intervención en el ámbito penal solo puede admitirse de forma excepcional y estrictamente limitada, sin contenido decisorio autónomo.
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