IMPORTUNACIÓN SEXUAL VS. ACOSO VERBAL: LA INJURIA COMO ALTERNATIVA A LA ATIPICIDAD DE LA CONDUCTA EN EL DERECHO PENAL BRASILEÑO
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v12i8.29705Palabras clave:
Acoso verbal. Importunación sexual. Injuria.Resumen
Este artículo buscó analizar las consecuencias dogmáticas de la Ley N.º 13.718/2018 en la clasificación jurídica del acoso sexual puramente verbal. La investigación indaga el vacío normativo generado por la derogación de la contravención de Importunación Ofensiva al Pudor y la creación del delito de Importunación Sexual (Art. 215-A, Código Penal), que exige materialidad corpórea. A través de la investigación bibliográfica y el método deductivo basado en la dogmática penal, el estudio demuestra la incompatibilidad de este tipo penal con infracciones puramente verbales, criticando el uso de la analogía in malam partem que viola la estricta legalidad. Como resultado, se propone aplicar el Principio de Subsidiariedad, rescatando la tesis del "soldado de reserva" de Nelson Hungria, en la que las agresiones verbales de carácter sexual se subsumen de forma residual al delito de Injuria (Art. 140, Código Penal). Se concluye que desplazar el eje de tutela de la libertad sexual hacia el honor subjetivo preserva los dictámenes garantistas del Estado Democrático de Derecho, correspondiendo exclusivamente al legislador la creación de un tipo penal autónomo para dicha conducta.
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