LIBERTAD DE EXPRESIÓN: UN COROLARIO DEL ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO
Palabras clave:
Libertad de expresión. Noticias falsas. Democracia. Redes sociales. Censura previa.Resumen
Los seres humanos son, por esencia, seres sociales, cuya supervivencia y desarrollo están intrínsecamente ligados a sus relaciones interpersonales. Estas relaciones se construyen entre individuos que, juntos, forman una sociedad. Sin embargo, la vida en sociedad, además de proporcionar cooperación e interacción, genera inevitablemente diferencias, que muchas veces derivan en conflictos. Ante ello, se hace imprescindible crear normas de conducta capaces de asegurar la convivencia pacífica, promover el orden y garantizar el bienestar colectivo. Estos elementos son fundamentales para mantener la armonía social para promover el orden y garantizar el bienestar colectivo.
Con los avances tecnológicos y el desarrollo de los medios de comunicación, especialmente a lo largo del siglo XX, las relaciones interpersonales han experimentado profundas transformaciones, reflejando la nueva dinámica impuesta por la modernidad y la creciente conectividad entre las personas. La sociedad se ha vuelto más compleja, lo que ha creado la necesidad de mejorar los estándares jurídicos que establecen derechos y deberes entre los individuos. Las reglas de convivencia social también se han vuelto más sofisticadas, ya que, con el crecimiento poblacional, la sociedad se ha vuelto cada vez más heterogénea a lo largo del tiempo. En este contexto, las necesidades y los conflictos entre los distintos grupos sociales se intensificaron, requiriéndose soluciones más equilibradas e integrales para asegurar la armonía y el bienestar colectivo (ROSA, 2004).
En los Estados democráticos, la Constitución se estableció para guiar a la sociedad, enumerando los derechos y obligaciones que se aplican a todos bajo su égida. Para proteger a los ciudadanos de posibles abusos por parte de quienes ostentan el poder, la Constitución brasileña enumera algunos derechos como fundamentales, elevándolos a la categoría de cláusulas inamovibles. Uno de estos derechos fundamentales es la libertad de expresión, que debe ser una bandera enarbolada por todos los espectros político-ideológicos en defensa de la democracia. La libertad de expresión abarca otros derechos fundamentales: el derecho a la información, la libertad religiosa, la libertad artística y la libertad de opinión. Por tanto, la manifestación del pensamiento no es más que el ejercicio de la actividad intelectual en todas sus formas, expuesta al público (TAVARES, 2023).
El concepto de libertad de expresión, exhaustivamente estudiado por la doctrina brasileña en términos de comprensiones teórico-conceptuales, viene ganando destaque y siendo blanco de gran controversia en la actualidad. Al analizar la relación entre libertad y democracia, es evidente que ambos conceptos están intrínsecamente ligados, pues no hay democracia sin libertad de expresión del pensamiento, y viceversa. El pluralismo político, fundamento de la República Federativa del Brasil, constituye un ejemplo en lo que se refiere a la libertad de expresión del propio pensamiento, pues abarca la existencia de diversos pensamientos ideológicos. Estos antagonismos ideológicos son posibles en un régimen democrático. Además, cuando se trata de derechos de libertad, surge inmediatamente la asociación con el pensamiento democrático. El concepto de democracia, ampliamente estudiado en el universo jurídico, está íntimamente ligado al derecho a la libertad, en lo que se refiere a garantizar la participación de los ciudadanos en las decisiones políticas del país (MORAIS, 2007).
En este sentido, para entender esta relación entre libertad y democracia, basta analizar el artículo 1 de la Constitución Federal de 1988, que establece que, para que haya democracia, el Estado debe basarse en la soberanía, la ciudadanía, los principios de la dignidad humana, los valores sociales del trabajo, la libre iniciativa y el pluralismo político. La finalidad del Estado es satisfacer las necesidades del pueblo, pues de él emana el poder. Esto demuestra que el pensamiento democrático está constituido por el trinomio igualdad, libertad y estado de derecho. El Estado está al servicio del ciudadano y, aunque está estructurado administrativamente con prerrogativas que protegen a quienes detentan el poder estatal y la supremacía del interés público, su principal objetivo es el bienestar social y el respeto a las libertades individuales (DI PIETRO, 2016).
Entendiendo estos conceptos básicos, no se puede olvidar que, históricamente, desde la Constitución del Imperio Brasileño de 1824 hasta el advenimiento de la República, con la promulgación de la Constitución de 1891, que inauguró el Estado Liberal anclado en las libertades del ciudadano, (DI PIETRO, 2016), y extendiéndose hasta nuestra Carta Magna de 1988, los derechos de libertad pasaron por muchas batallas hasta ser consagrados en la Constitución brasileña. Estos derechos garantizan la libertad intelectual, artística, científica, de prensa y de comunicación, además de la libertad de expresión del pensamiento y de la opinión, sin que el Estado pueda ejercer censura sobre ellos, como recomienda el artículo 5 de la Carta Magna de 1988 (LENZA, 2014).
Es, pues, en este sentido que esta tesis surge como resultado de los debates que se han suscitado cotidianamente en la sociedad, gravitando en torno a la libertad de expresión y la democracia. Siendo un tema de gran repercusión hoy en día, sería interesante abordarlo de forma más amplia. Sin embargo, dada la amplitud de las diversas temáticas que lo rodean, se hace necesario delimitarlo para orientar mejor la presente investigación. Así, el objeto de este estudio está intrínsecamente ligado al tema que ahora se presenta: Libertad de Expresión: Corolario del Estado Democrático de Derecho.
El objeto de este estudio se dirige al análisis del derecho fundamental a la libertad de expresión y su protección constitucional, esencial para la existencia del Estado Democrático de Derecho. Este derecho surgió como un mecanismo de defensa ante regímenes autoritarios y dictatoriales, apoyado en el manto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) (SUPIOT, 2014).
La Constitución Federal de 1988 impuso al Estado una lista de derechos de libertad, que constituyen derechos fundamentales. Entre ellos destaca la libertad de expresión, dado que este derecho promueve el ejercicio de la democracia, favoreciendo el progreso social. Por tanto, la libertad de expresión, establecida en la Carta Magna en el artículo 5, fracciones IV, IX y XIV, así como en el artículo 220 y su párrafo 1, se ocupa del papel de manifestación del pensamiento, la expresión y la información. La libertad de información incluye tanto el acceso a la información como la libertad de informar, anclada en la libertad de prensa. El artículo 220 es un corolario del artículo 5, inciso IX, ambos de nuestra Carta Magna (MORAIS, 2007).
Si bien los países occidentales, como Brasil, ofrecen protección jurídica a los derechos de libertad, es de gran importancia, para el mantenimiento de un régimen democrático saludable, la existencia de mecanismos legales que frenen la proliferación de noticias falsas y expresiones que incentivan la violencia, especialmente en las redes sociales, considerando la capacidad de estas plataformas para reproducir y difundir contenidos a diferentes partes del mundo. Esto se debe a que, en lo que respecta a los derechos de libertad, no se puede ignorar la necesidad de adaptación social. Las relaciones sociales, en la época contemporánea, son inseparables del entorno cibernético, y la libre expresión de pensamientos sobre diversos temas también se manifiesta en las redes sociales, trayendo discusiones de relevancia social a este escenario virtual. Este contexto permite la difusión de noticias, verdaderas o falsas, a gran velocidad, lo que puede tener un impacto positivo o negativo en la sociedad, o incluso desestabilizar estructuras ya consolidadas en el ámbito político y social (FREDES, 2022).
Con la aparición de las redes sociales que utilizan la plataforma world wide web, las noticias viajan mayores distancias y se replican exponencialmente. Entre ellas se encuentran las noticias falsas, comúnmente llamadas “Fake News”. Esta cuestión se considera actualmente un fenómeno social de gran complejidad, que plantea interrogantes sobre los perjuicios al ejercicio de la democracia, así como el uso indebido del derecho a la libertad de expresión. Sin embargo, incluso antes de la llegada de las redes sociales, siempre había noticias falsas o sesgadas difundidas por los medios convencionales, especialmente en el ámbito político, y rara vez había derecho a respuesta o contradicción. En este sentido, el STF ha emitido diversas decisiones impidiendo la difusión de contenidos considerados falsos. Sin embargo, las repercusiones de esto se refieren a una posible implementación de la censura por parte del Poder Judicial.
En respuesta a la difusión de las llamadas “noticias falsas”, se presentó el Proyecto de Ley Nº 2630/20, conocido como Ley de Noticias Falsas o Ley de “Censura”. Los promotores de la ley justificaron su creación con base en la necesidad de un control efectivo por parte de las plataformas digitales, a través de mecanismos que impidan la difusión de contenidos falsos, siendo este control regulado por el Estado. La propuesta de Ley Nº 2630/20, también llamada Ley de Noticias Falsas, sería una forma del Estado de combatir este “nuevo fenómeno” difundido en las redes sociales. Sin embargo, según los críticos de la ley, existe un enorme riesgo de que se implemente una censura disfrazada de protección.
Esta tesis aborda el derecho fundamental a la libertad de expresión, su protección constitucional en el Estado Democrático de Derecho y las implicaciones relacionadas con la prohibición de la censura como forma de control estatal. La elección del tema de esta tesis se justifica por la relevancia de la libertad de expresión para el mantenimiento del Estado democrático. Es fundamental analizar los aspectos positivos y negativos del ejercicio de la libertad de expresión, así como los desafíos que plantean los llamados “nuevos medios”.
En este sentido, el presente estudio, titulado “Libertad de Expresión: Corolario del Estado Democrático de Derecho”, presta especial atención al derecho a la libertad de expresión, derecho fundamental previsto en el artículo 5, inciso IV, de la Constitución Federal de 1988, que establece: “La expresión del pensamiento es libre y el anonimato está prohibido”.
Si bien es un derecho fundamental incluido en el sistema constitucional, la libertad de expresión, como todos los derechos constitucionales, no es absoluta, pues la propia Constitución prohíbe el anonimato (ROSA, 2004).
El derecho a la libertad, derecho fundamental de primera dimensión, está incluido en la previsión constitucional como un derecho básico e intrínseco de los Estados democráticos. Fue creado como un aparato de defensa contra los regímenes autoritarios y dictatoriales, que en su génesis ejercen la censura contra los adversarios políticos o cualquier ciudadano que se oponga al poder establecido. No hay democracia sin el derecho de los ciudadanos a expresar su opinión sobre cualquier tema —religioso, político, ideológico— y, sobre todo, a plantear preguntas y opiniones sobre las clases políticas o los agentes públicos. En este contexto, existe una previsión constitucional que prohíbe la censura, establecida en los artículos 5, inciso IV, y 220 de la Constitución Federal de 1988 (LENZA 2014).
Lógicamente, la propia Constitución, en su artículo 5, fracción V, impone a los individuos la responsabilidad por los excesos cometidos que puedan dañar el honor y la imagen de terceros. En las leyes infraconstitucionales, especialmente en el ámbito civil y penal, existe previsión legal de indemnización por daños y perjuicios causados por el uso indebido de la libertad de expresión.
Esta disertación divide opiniones. Quienes se oponen a la creación de leyes específicas sobre el tema afirman que el mayor obstáculo es definir quién tendrá el poder de decidir qué es falso o verdadero. Si el papel de controlar las redes sociales y determinar los parámetros de lo que es verdadero o falso se asigna al Estado, se correría el riesgo de volver a la censura, que tanto daño causó a Brasil durante la dictadura militar.
Para comprender la compleja relación entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la personalidad, ambos protegidos constitucionalmente en nuestro régimen democrático, exploraremos si el intento del Estado de regular y limitar la expresión del pensamiento podría interpretarse como una forma de reedición de la censura. La pregunta central es: ¿debe la expresión del pensamiento ejercerse de forma amplia y sin restricciones? Al intentar regularlo, ¿el Estado estaría comprometiendo este derecho fundamental?
La justificación de esta investigación se basa en la necesidad de comprender cómo la regulación de la libertad de expresión, a través de leyes y proyectos de ley, como la Ley Nº 2630/20 (Ley de Noticias Falsas), puede impactar la democracia y los derechos individuales. Dada la proliferación de noticias falsas y la creciente preocupación por la desinformación, es crucial evaluar si las medidas regulatorias y las decisiones judiciales han sido proporcionadas o si, por el contrario, están limitando excesivamente la libertad de expresión. Para responder a esta pregunta, el estudio examinará las siguientes hipótesis:
Hipótesis 1: El control estatal sobre la difusión de noticias falsas viola el derecho a la libertad de expresión al establecer censura previa;
Hipótesis 2: Las acciones estatales encaminadas a combatir las noticias falsas son esenciales para preservar el orden democrático y proteger el derecho a la información;
Hipótesis 3: Los mecanismos legales existentes son suficientes para proteger la libertad de expresión y evitar la censura estatal;
Hipótesis 4: El Poder Judicial puede intervenir de oficio en la lucha contra las noticias falsas y la desinformación.
La investigación pretende contribuir al debate académico y social analizando estas hipótesis y proporcionando una comprensión más clara del equilibrio necesario entre la regulación de la información y la protección de los derechos fundamentales. El estudio buscará ofrecer información sobre cómo las medidas legales y judiciales pueden afectar la libertad de expresión y la democracia, alineándose con la lógica y los objetivos de este trabajo.
JUSTIFICACIÓN Y RELEVANCIA
Este estudio está motivado por la necesidad de comprender el equilibrio entre la protección de la libertad de expresión y el control que ejerce el poder estatal, prestando especial atención a la difusión de noticias falsas, especialmente en un contexto en el que estos temas han ganado protagonismo global.
La libertad de expresión es un derecho fundamental y esencial para el funcionamiento del Estado Democrático de Derecho, ya que posibilita la participación ciudadana, el debate público y la crítica al gobierno. Sin embargo, la proliferación de información falsa y de discursos de odio ha suscitado preocupación por el debilitamiento de este derecho.
El estudio se justifica por la relevancia de investigar cómo las decisiones judiciales y la legislación que aborda la libertad de expresión han impactado este derecho fundamental. Además de las leyes existentes, se analizarán algunos proyectos de ley que también pueden influir en la libertad de expresión, como, por ejemplo, el Proyecto de Ley Nº 2630/20 (Ley de Noticias Falsas). Este proyecto de ley busca regular las plataformas digitales para evitar la difusión de contenidos falsos, pero plantea interrogantes sobre la posibilidad de censura previa y sus implicaciones para los derechos fundamentales. Analizar las decisiones de la Corte Suprema que restringen la difusión de noticias en las redes sociales es crucial para entender si estas medidas, diseñadas para combatir la desinformación, terminan violando el derecho a la libertad de expresión.
La relevancia del estudio es innegable, pues aborda una temática que preocupa tanto a la sociedad como a la comunidad académica. La discusión sobre quién define los límites de la libertad de expresión y cómo estos límites impactan en la democracia está marcada por polarizaciones. Mientras algunos argumentan que cualquier restricción a la libertad de expresión socava la democracia, otros creen que tales restricciones son indispensables para proteger el Estado democrático y garantizar la integridad de la información.
La investigación se alinea con los objetivos de identificar los mecanismos legales que protegen la libertad de expresión y previenen la censura estatal, comprender los fundamentos normativos y los desafíos de esta protección, y discutir la responsabilidad legal asociada a las noticias falsas. El estudio no sólo es relevante para el debate jurídico y académico, sino también para la sociedad en su conjunto, que se enfrenta al reto de conciliar la necesidad de combatir la desinformación con la preservación de los derechos democráticos.
Así, la justificación del estudio radica en su capacidad de contribuir a una mejor comprensión de los desafíos actuales en la regulación de la información y la protección de los derechos fundamentales. La investigación busca ofrecer un análisis crítico de la interacción entre las medidas legales contra las noticias falsas y la libertad de expresión, promoviendo un debate informado sobre cómo equilibrar estos intereses esenciales para la democracia.
Finalmente, este trabajo pretende contribuir al debate académico y social examinando la protección del derecho fundamental a la libertad de expresión, analizando las implicaciones de la legislación y las decisiones judiciales recientes. La investigación no sólo resalta la importancia jurídica y académica del tema, sino también su relevancia social, pues afecta directamente los derechos individuales y colectivos de la población. El objetivo es proporcionar una mejor comprensión de las cuestiones involucradas y explorar posibles soluciones para equilibrar la protección de la libertad de expresión con la necesidad de combatir la desinformación.
OBJETIVOS
Objetivo general
El estudio pretende analizar si el control estatal sobre la expresión del pensamiento y las noticias falsas puede vulnerar la libertad de expresión en un Estado Democrático de Derecho a través de la censura previa.
Objetivos específicos
Analizar los regímenes autocráticos, totalitarios y democráticos, así como el funcionamiento de la protección de la libertad de expresión en el ordenamiento jurídico.
Comprender los fundamentos de la protección de los derechos de libertad consagrados en la Constitución y el uso de la censura como forma de control estatal.
Discutir la problemática de las noticias falsas, abordando las formas de control estatal y las limitaciones a los derechos a la libertad de prensa y a la libertad de expresión.
Presentar las formas legales de compensación de daños y responsabilidad civil asociadas a la libertad de expresión, a través de la presentación de propuestas para el ejercicio de los derechos de libertad en el Estado Democrático.
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