EL ACUERDO DE NO PERSECUCIÓN PENAL EN LA JUSTICIA MILITAR ESTADUAL: FILTRACIÓN INSTITUCIONAL Y LA CENTRALIDAD DE LA POLICÍA MILITAR DEL PARANÁ COMO DESTINATARIA DE LA PROTECCIÓN DE LA JERARQUÍA Y LA DISCIPLINA
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v12i3.24743Resumen
El presente estudio analiza la compatibilidad del Acuerdo de No Persecución Penal (ANPP), previsto en el artículo 28-A del Código de Proceso Penal brasileño, con la Justicia Militar Estadual, destacando a la Policía Militar del Paraná como destinataria institucional de la protección de la jerarquía y la disciplina. La investigación examina si la aplicación del mecanismo consensual preserva los fundamentos constitucionales del régimen castrense. Se adopta un enfoque cualitativo, con método analítico-dogmático y perspectiva sistemático-constitucional, combinando revisión doctrinal, análisis normativo y examen de precedentes judiciales. Se demuestra que el ANPP no constituye un derecho subjetivo automático del investigado, exigiendo un juicio de necesidad y suficiencia para la reprobación y prevención del delito. En el ámbito militar estadual, dicha cláusula debe interpretarse en dimensión institucional ampliada, considerando la función pedagógica de la sanción penal militar en la preservación de la autoridad del mando, la cohesión interna y la credibilidad institucional. Se propone un modelo de filtración institucional estructurada en el cual la Policía Militar del Paraná es la destinataria final de los efectos normativos de la decisión. Se concluye que el ANPP es jurídicamente posible en la Justicia Militar Estadual, siempre que preserve concretamente la jerarquía, la disciplina y la integridad organizacional.
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