LICENCIA AMBIENTAL DE LA ACTIVIDAD DE RIEGO SUPERFICIAL PARA CULTIVOS DE ARROZ VÍA FEPAM-SEMA / GOBIERNO MUNICIPAL SVS
Palabras clave:
Licencia ambiental. Licencia de operación. Preservación ambiental.Resumen
La preservación del medio ambiente es una de las acciones que guían el desarrollo y la expansión de la agricultura en el país, en la búsqueda de una agricultura sostenible con el menor impacto ambiental; por ello, se creó la legislación ambiental. Con ella, es de suma importancia la creación de organismos que supervisen y orienten a los productores hacia una agricultura que cause menor degradación ambiental.
A mediados de la década de 1970, la actividad agrícola se encontraba en plena expansión, con la introducción de nuevas áreas para la implementación de diversos cultivos. En este período de auge de la agroindustria en el país, surgió la preocupación entre un segmento de la población que percibía que todo crecimiento traería consecuencias para el medio ambiente, a veces irreversibles.
El impacto ambiental es causado por la acción humana, es decir, cualquier alteración que sufra el medio ambiente en uno o más de sus componentes, en cualquiera de sus propiedades físicas, químicas o biológicas, que afecte directa o indirectamente la salud, la seguridad y el bienestar de la población; las actividades sociales y económicas; y la biota. Las condiciones estéticas y sanitarias del medio ambiente y la calidad de los recursos ambientales (Resolución CONAMA N.° 001/86).
El licenciamiento ambiental en Rio Grande do Sul es responsabilidad de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente (SEMA) y está a cargo de la Fundación Estatal de Protección Ambiental Henrique Luiz Roessler (FEPAM), el Departamento de Recursos Hídricos (DRH), el Departamento Estatal de Bosques y Áreas Protegidas (DEFAP) y los Gobiernos Municipales debidamente contratados y autorizados. Actualmente, los municipios solo pueden licenciar actividades con bajo impacto ambiental, según lo estipulado en la Resolución 288/2014.
Además de las Licencias Ambientales, la FEPAM también es responsable de emitir otros documentos relacionados con la gestión ambiental, como Acuerdos de Compromiso Ambiental (ACA), Manifiestos de Transporte de Residuos (MTR), Autorizaciones, Certificados de Registro (para laboratorios y plaguicidas), Certificados de Registro de Plaguicidas (para proveedores) y Declaraciones de Exención.
Si bien la competencia de la FEPAM en materia de Licenciamiento Ambiental no es exclusiva, es predominante debido a la amplia lista de actividades sujetas a licenciamiento. También se ha otorgado a los Municipios, con criterios de clasificación de impacto local para su ejercicio. Hay más de seiscientas (600) actividades catalogadas como de impacto local.
Los proyectos y actividades se licenciarán en un único nivel de competencia, lo que significa que solo participará la agencia ambiental de una de las esferas de la Administración Pública (Federal, Estatal o Municipal), y una parte se transferirá a los municipios. Sin embargo, durante el proceso, se solicitará a otras agencias ambientales la emisión de los documentos necesarios para la Licencia Ambiental (LA), que también pueden considerarse "ambientales", pero no son autoridades que otorgan licencias para el uso de recursos ambientales. Para la licencia de actividades de riego, por ejemplo, la FEPAM consulta a la DRH (Departamento de Recursos Hídricos), desde un punto de vista cuantitativo, atendiendo exclusivamente el aspecto cualitativo.
El licenciamiento ambiental es un procedimiento administrativo mediante el cual el organismo ambiental autoriza la ubicación, instalación, expansión y operación de proyectos y actividades que utilizan recursos ambientales, considerados efectiva o potencialmente contaminantes, o que, de alguna manera, puedan causar degradación ambiental (Tribunal de Cuentas de la Unión, 2007). Por lo tanto, constituye una herramienta importante para la gestión ambiental. A través de ella, la administración pública busca ejercer el control necesario sobre las actividades humanas que interfieren con las condiciones ambientales.
El principio del licenciamiento ambiental sugiere la conciliación del desarrollo económico con el uso de los recursos naturales, a fin de garantizar la sostenibilidad de los ecosistemas en sus variaciones físicas, bióticas, socioculturales y económicas.
Para una mejor distribución de las actividades licenciables, se han creado resoluciones que clasifican los proyectos por tamaño y potencial contaminante, que son causas de degradación e impacto. El licenciamiento ambiental es muy completo, con áreas muy distintas a la producción, lo que resulta en una extensa legislación destinada a brindar apoyo legal a los emprendedores en diferentes áreas.
Con la municipalización de este importante instrumento para la conservación ambiental, se ha logrado una distribución más uniforme de las responsabilidades ambientales, liberando a la Unión y a los Estados de parte de la responsabilidad de administrar una amplia gama de actividades específicas, que a menudo se ven obstaculizadas por la escasez de recursos humanos y materiales, lo que en última instancia prolonga la liberación de un proceso determinado, haciéndolo largo y costoso para el empresario.
El municipio, al ser un organismo local cualificado, puede desarrollar acciones con la comunidad destinadas a la conservación e incluso la recuperación del medio ambiente.
En São Vicente do Sul, la Secretaría Municipal de Medio Ambiente está autorizada a emitir licencias para actividades con impacto local y proyectos de pequeña escala. Dado que la principal actividad económica del municipio es la agricultura, con el cultivo de arroz a cargo de un número significativo de productores, en su mayoría de pequeña escala (hasta 50 hectáreas), que utilizan el cultivo convencional con riego superficial, estos se convierten en el principal público objetivo al que se dirige el sistema municipal de licencias.
Respecto a este proceso, este trabajo tiene como objetivo demostrar integralmente el proceso de licenciamiento ambiental para actividades de riego superficial vía FEPAM-RS y la Secretaría Municipal de Medio Ambiente de São Vicente do Sul-RS, relacionando la documentación necesaria solicitada por los órganos licenciantes, ya que los agentes financiadores requieren la Licencia de Operación (LO) para el financiamiento del cultivo de arroz.
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