LA APLICABILIDAD DEL DAÑO MORAL EN EL CONTEXTO DEL ABANDONO AFECTIVO INVERSO: UN ANÁLISIS A LA LUZ DEL DEBER FAMILIAR DE CUIDADO
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v11i4.18848Palabras clave:
Abandono Afectivo Inverso. Deber de cuidado. Derecho de sucesiones.Resumen
El estudio tiene como objetivo analizar la procedencia de la indemnización por daño moral en el contexto del abandono emocional inverso, a la luz del deber de cuidado familiar, examinando los fundamentos jurídicos y doctrinales que sustentan la responsabilidad civil de los hijos en relación con los padres ancianos. Se utilizó un enfoque cualitativo, con investigación bibliográfica y análisis documental. Se consultaron obras doctrinales, legislación relevante –como el Estatuto de las Personas Mayores y el Código Civil–, así como sentencias judiciales recientes. Esta estrategia nos permitió comprender las diferentes interpretaciones y controversias sobre el tema, destacando tanto los argumentos favorables como las divergencias existentes en la literatura jurídica. La investigación reveló que, incluso sin una regulación específica, los principios constitucionales, especialmente el de la dignidad humana, respaldan la compensación por daño moral en casos de abandono emocional inverso. Se constató que el deber de cuidado familiar es esencial para garantizar la protección de los derechos de las personas mayores y que la reparación puede actuar como mecanismo pedagógico y preventivo, influyendo incluso en cuestiones sucesorias. Se concluye que la responsabilidad civil de los hijos por falta de cuidado encuentra apoyo y contribuye al fortalecimiento efectivo de los vínculos familiares y de la solidaridad intergeneracional.
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