LA NORMALIZACIÓN DEL ABANDONO AFECTIVO: MODIFICACIONES AL CÓDIGO CIVIL Y AL ESTATUTO DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE POR EL PROYECTO DE LEY N° 3.012/2023
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v10i5.14109Palabras clave:
Abandono afectivo. Ley familiar. Responsabilidad Civil. Niño. Adolescente.Resumen
El presente trabajo tiene como objetivo presentar un estudio sobre la posibilidad de regular el abandono afectivo por el Proyecto de Ley nº 3.012/2023, así como su cumplimiento de los principios que rigen la afiliación contenidos en la Constitución Federal, teniendo en cuenta la necesidad de que el instituto establezca como norma en el ordenamiento jurídico para que se pacifique el entendimiento sobre la responsabilidad civil por abandono emocional. Comienzo con un análisis de los principios constitucionales sobre la filiación, seguido de los deberes inherentes al poder familiar, incluido el propio deber de afecto. A partir de los análisis realizados, en el contexto entre padres e hijos, se discutió cómo el incumplimiento del deber de afecto puede ser objeto de responsabilidad civil para el que abandona y cómo los tribunales han confirmado su entendimiento desde 2006, un hito importante en el reconocimiento del instituto por parte del Tribunal Superior de Justicia, contrastando jurisprudencia en contrario respecto del reconocimiento de la indemnización por daño moral por abandono emocional y evaluando los votos de los jueces de las demandas.
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