AUDIENCIA DE MENORES EN LOS TRIBUNALES CON BASE EN LA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 8 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v9i11.12436Palabras clave:
Niño. Adolescente. Corte Internacional de Derechos Humanos. Escuchando.Resumen
Este trabajo buscó analizar críticamente la importancia del derecho del niño a ser escuchado en los tribunales a partir del artículo 8 en adelante de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser escuchados en los tribunales es fundamental para obtener juicios más asertivos, pero en muchos casos no tienen la oportunidad de alzar la voz en un proceso que decidirá su futuro. La audición del niño es de suma importancia para ayudar a que la decisión sea más efectiva y más cercana al verdadero interés del niño.
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Publicado
2023-12-05
Cómo citar
Enes, M. F., & Lucena, A. (2023). AUDIENCIA DE MENORES EN LOS TRIBUNALES CON BASE EN LA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 8 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. Revista Ibero-Americana De Humanidades, Ciências E Educação, 9(11), 881–894. https://doi.org/10.51891/rease.v9i11.12436
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