CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD: ANÁLISIS DE SU APLICACIÓN EN EL ORDENAMENTO JURÍDICO BRASILEÑO
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v11i10.21726Palabras clave:
Clasificación penal. Sistema jurídico brasileño. Estatuto de Roma. Vacíos regulatorios.Resumen
Los crímenes de lesa humanidad, definidos en el artículo 7 del Estatuto de Roma, incluyen actos muy graves como el asesinato, la esclavitud, la tortura, la persecución y otros crímenes contra la población civil. Si bien Brasil es signatario del Estatuto desde 2002, estos crímenes carecen de una clasificación independiente dentro del país, lo que genera un vacío regulatorio y dificulta una adecuada rendición de cuentas penal. Esta falta de regulación plantea importantes interrogantes sobre la eficacia del sistema penal brasileño para abordar conductas que, si bien son reconocidas internacionalmente, carecen de una definición precisa a nivel nacional. Además, el país se adhiere al principio de legalidad, lo que significa que solo se puede castigar lo específicamente definido en la ley, lo que limita la aplicación directa del derecho internacional sin una adecuada incorporación legislativa. Un análisis crítico de esta laguna en la legislación brasileña revela la necesidad de ajustes que refuercen la garantía de la protección de los derechos humanos y la eficacia de la rendición de cuentas penal en casos de extrema gravedad.
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