LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR ABANDONO AFECTIVO: ANÁLISIS DE LA VIOLACIÓN DEL DEBER DE CUIDADO Y SU REPARACIÓN EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO BRASILEÑO
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v11i10.21514Palabras clave:
Abandono Afectivo. Familia. Responsabilidad Civil.Resumen
El presente artículo científico analiza la responsabilidad civil derivada del abandono afectivo en el ámbito del Derecho de Familia brasileño. Partiendo de la reconfiguración de las relaciones familiares promovida por la Constitución Federal de 1988, que elevó la dignidad de la persona humana y el interés superior del niño a principios rectores, se argumenta que el deber de cuidado parental ha trascendido la esfera meramente moral para consolidarse como una obligación jurídica. Se investiga, así, si la omisión voluntaria e injustificada en el cumplimiento de los deberes de convivencia, asistencia y amparo configura un acto ilícito, en los términos del artículo 186 del Código Civil, apto para generar el deber de indemnizar por daños morales. El análisis abarca los presupuestos de la responsabilidad civil subjetiva —conducta, daño, nexo causal y culpa—, la caracterización del daño extrapatrimonial y su comprobación, con base en estudios que atestiguan las severas consecuencias psicológicas del abandono. Finalmente, se explora la controversia doctrinaria entre la tutela de la dignidad de la prole y la crítica a la "monetización del afecto", concluyéndose que la reparación civil, aunque no sustituye la presencia parental, constituye un instrumento legítimo de responsabilización y de reconocimiento de la lesión a los derechos de la personalidad del hijo.
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