INIMPUTABILIDAD DE LA PERSONA CON TRASTORNOS MENTALES Y APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD PREVISTAS EN EL CÓDIGO PENAL BRASILEÑO
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v9i8.10917Palabras clave:
Código Penal. Inimputabilidad. Medidas de seguridad. Desordenes mentales.Resumen
El presente estudio tiene el objetivo general de analizar el régimen de no rendición de cuentas de las personas con trastornos mentales y la aplicación de las medidas de seguridad previstas en el Código Penal brasileño. Se trata de una investigación bibliográfica con enfoque deductivo. La no responsabilidad de las personas con trastornos mentales es un concepto jurídico que reconoce la incapacidad de estas personas para comprender el carácter ilícito de sus acciones o determinarse según esa comprensión en el momento de la infracción. En el contexto del Código Penal brasileño, cuando un acusado es considerado irresponsable por un trastorno mental, no está sujeto a pena penal, sino a medidas de seguridad establecidas por el ordenamiento jurídico. Estas medidas tienen como objetivo combinar la protección de la sociedad con el tratamiento y la rehabilitación del individuo. Una de las medidas de seguridad previstas es el ingreso en un hospital de custodia y tratamiento psiquiátrico, donde la persona recibe tratamiento médico adecuado para su condición mental. La aplicación de estas medidas tiene como objetivo equilibrar la justicia y la salud mental, garantizando que las personas que no pueden rendir cuentas por sus acciones reciban un trato adecuado y que la sociedad esté protegida de los posibles riesgos derivados de su estado mental. Sin embargo, el uso inadecuado de medidas de seguridad, aplicadas indiscriminadamente, puede dar lugar a la percepción de impunidad y estigmatización de los enfermos mentales. Por ello, es fundamental encontrar el equilibrio en su aplicación, considerando evaluaciones adecuadas y promoviendo políticas de salud mental y rehabilitación.
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Categorías
Licencia
Atribuição CC BY