LA VALORACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE PERSONAS EN LA DECISIÓN DE ENVÍO A JUICIO: VALIDEZ, FIABILIDAD Y ESTÁNDAR PROBATORIO TRAS EL TEMA 1.258 DEL STJ
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v12i9.30555Palabras clave:
Reconocimiento de personas. Auto de apertura a juicio. Estándar probatorio. Tribunal del Jurado. Memoria.Resumen
El presente artículo analiza la valoración del reconocimiento de personas en la decisión de pronunciamiento en el proceso penal brasileño, especialmente a partir de las directrices establecidas por el Tema Repetitivo n.º 1.258 del Superior Tribunal de Justicia. El objetivo consiste en examinar si la observancia del procedimiento previsto en el art. 226 del Código de Procedimiento Penal es suficiente para conferir al reconocimiento la fiabilidad y fuerza probatoria necesarias para contribuir a los indicios de autoría exigidos para someter al acusado al Tribunal del Jurado. La metodología adoptada es teórica y cualitativa, de naturaleza jurídico-interpretativa y dogmático-crítica, desarrollada mediante investigación bibliográfica y documental, con análisis de la legislación, la jurisprudencia y estudios de psicología cognitiva sobre memoria e identificación de personas. Se analiza la distinción entre validez formal, fiabilidad y suficiencia probatoria, considerando la falibilidad de la memoria, los riesgos de contaminación del reconocimiento y el denominado “caso de los hermanos Antônio”. Los resultados indican que la regularidad procedimental, aunque indispensable, no garantiza la fiabilidad de la identificación. Se concluye que su valoración a efectos del pronunciamiento debe considerar las circunstancias de su producción y su convergencia con elementos probatorios independientes, a fin de satisfacer el estándar previsto en el art. 413 del CPP.
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