RESPONSABILIDAD CIVIL POR ACCIDENTES DE TRÁFICO
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v11i4.18588Palabras clave:
Accidente. Tránsito. Daño. Responsabilidad civil.Resumen
La ocurrencia de un accidente de tránsito genera una serie de consecuencias jurídicas para los involucrados en el ámbito civil debido a la existencia del instituto de responsabilidad civil regulado por el Código Civil brasileño (Ley nº 10.406/2002). Tal como lo determina el derecho civil, la responsabilidad civil subjetiva se adopta como regla, exigiendo prueba de culpabilidad, dolo, daño y relación de causalidad, y la responsabilidad objetiva será aplicable en los casos de riesgo o previstos por la ley, sin el elemento de culpa, el El daño y el nexo son suficientes. Por lo tanto, considerando los elementos esenciales para que se reconozca el deber de reparar, el objetivo principal de la investigación es señalar en qué situaciones un accidente de tránsito puede generar responsabilidad civil para el agente causante del daño y resolver la cuestión de si es posible responsabilizar civilmente a las personas por los daños materiales, morales y estéticos resultantes de accidentes de tránsito. Esta investigación se basó en material bibliográfico y tuvo un método de investigación deductivo, buscando demostrar en qué situaciones la persona causante del accidente de tránsito será civilmente responsable de los daños morales y materiales causados a quienes fueron víctimas del accidente y no causaron su ocurrencia, según lo determina el Código Civil, la doctrina vigente y la jurisprudencia mayoritaria adoptada en el ordenamiento jurídico vigente en Brasil.
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