PATRIMONIO DIGITAL EN EL DERECHO BRASILEÑO
DOI:
https://doi.org/10.51891/rease.v10i11.16652Palabras clave:
Patrimonio digital. Ley de Sucesiones. Efectos jurídicos. Legislación.Resumen
La herencia digital se refiere a los activos digitales y la presencia en línea que una persona deja tras su muerte. Esto puede incluir cuentas de redes sociales, cuentas de correo electrónico, fotografías, vídeos, documentos y otros tipos de datos almacenados en línea. Debido a su uso constante, ha habido debate respecto a sus efectos legales. Frente a este escenario, el presente estudio tuvo como objetivo discutir la herencia digital desde la perspectiva del Derecho de Sucesiones brasileño. La metodología se basó en una revisión bibliográfica, basada en artículos científicos, libros, publicaciones periódicas, legislación vigente y jurisprudencia sobre el tema. La recolección de datos se realizará a través de bases de datos como Scielo, Google Scholar, entre otras, de 2018 a 2023. En los resultados, quedó claro que en Brasil los bienes físicos se dividen con el cónyuge sobreviviente, según el régimen matrimonial, y compartida entre la sucesión y/o los herederos testamentarios. Sin embargo, los bienes digitales todavía no están regulados. La ausencia de una norma regulatoria sobre herencia digital tiene varios efectos jurídicos. Por ejemplo, está la discusión sobre la participación de las propias plataformas digitales en el proceso de sucesión. Los proveedores de aplicaciones podrían hacer cumplir sus condiciones de uso, que generalmente establecen que los datos del perfil pertenecen a la propia red social, incluso después de la muerte del propietario del perfil. Sin embargo, no existe consenso al respecto dentro de la jurisprudencia y la doctrina jurídica, lo que deja abierta la discusión sobre este tema.
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